Todas las Federaciones y Asociaciones u otras entidades análogas podrán afiliarse a C. E. A. M., solicitándolo por escrito y adjuntando una copia original del acta donde se acuerda ingresar y acogerse a los estatutos de ésta Confederación y, abonando la cuota de afiliación anual de 50€. Igualmente deberá presentar una memoria de sus actividades y acatar los estatutos de la Confederación y participar en las actividades de esta.
Todos los grados Dan o equivalentes, deberán ser homologados y reconocidos por la CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ARTES MARCIALES y, para ello, el presidente de dicha ENTIDAD y con el visto bueno de su secretario deberá presentar listado de los grados Dan o equivalentes adjuntando fotocopia compulsada de cada uno de los títulos por el secretario para la homologación y reconocimiento de dichos grados por la CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ARTES MARCIALES.
LA CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ARTES MARCIALES, hará entrega del título de grado Dan o equivalente haciendo constar en el, grado Dan, arte marcial, escuela y número de registro.
LOS INTERESADOS QUE NO ESTEN EN NINGUNA FEDERACIÓN, ASOCIACIÓN, ETC. SE PODRAN AFILIAR CONVALIDANDO SUS GRADOS Y AFILIANDOSE PREVIO PAGO DE TASA.
Las cuotas de homologación y reconocimiento de grados Dan para 2013 son las siguientes:
1º Dan o equivalente 20€
2º Dan o equivalente 25€
3º Dan o equivalente 30€
4º Dan o equivalente 40€
5º Dan o equivalente 50€
6º Dan en adelante 70€
PARA TODOS LOS INTERESADOS QUE NO ESTEN AFILIADOS A NINGUNA ENTIDAD Y QUIERAN PERTENECER A LA CONFEDERACIÓN DEBERAN PRESENTAR LOS DIPLOMAS O TITULOS ORIGINALES PARA SU CONVALIDACIÓN Y PARA PARTICIPAR EN LAS ACTIVIDADES DE ESTA TENDRA LA MISMA CONSIDERACIÓN QUE CUALQUIER ENTIDAD AFILIADA.
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LA CONFEDERACIÓN CONVOCARA PARA TODOS LOS AFILIADOS UNA VEZ AL AÑO LOS EXÁMENES DE GRADO Y SERÁN REALIZADOS POR UN TRIBUNAL DE GRADOS COMPUESTOS POR UN NÚMERO NO INFERIOR A TRES MIEMBROS.
REQUISITOS:
Tener las licencias exigidas al grado, tendrán valides las de cualquier Federación afiliada a la Confederación.
2 fotos.
Fotocopia del D.N.I.
Solicitud cumplimentada
Tasa de examen.
Para examinarse por la CONFEDERACIÓN de 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º Dan, el tribunal estará compuesto por miembros con grado superior al que se examina.
Para aquellos practicantes que acumulen más de diez años de practica en un arte marcial demostrable y, superando los cuarenta y cinco años de edad y, sin haber conseguido la titulación de 1º Dan, se les podrá otorgar la titulación de 1º Dan Honorífico, no habilitándole éste para la docencia y, siendo su expedición el 50% de la tasa oficial, sin perjuicio para poder seguir optando a la titulación por vía reglamentaria de examen que si le habilitaría para poder habilitarse para la docencia.
Los grados honoríficos de 7º Dan, 8º Dan, 9º Dan y 10ª Dan serán concedidos únicamente por el Consejo de Maestros y, para ello, previamente tendrán que haber sido propuestos por cuatro miembros con categoría Dan no inferior a 5º Dan.
Los 8º Danes, 9º Danes y 10º Danes, tendrán categoría Docente de Shihan o Soke.